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El complemento de régimen preposicional, complemento regido o suplemento (en la terminología de Emilio Alarcos Llorach) constituye una clase de argumentos o complementos del verbo formada por un sintagma preposicional. Se distingue habitualmente del complemento circunstancial por distintas características, y se parece más bien al complemento directo a causa de su carácter necesario y no marginal. La transitividad de los verbos que lo llevan no se expresa por medio de complementos directos, sino por complementos preposicionales.

Para el régimen de palabras concretas, véase:

Índice de complementos de régimen

ABCDEFGHIJKLMNÑOPQRSTUVWXYZ

1 Características[editar]

Entre sus características más esenciales figuran las siguientes:

  • 1. La preposición (o locución prepositiva) es seleccionada por el verbo y este no puede construirse sin tal complemento, que le es necesario y obligatorio; si no aparece es que está elíptico o sobreentendido:
Pedro habla (de algo).
Juan carece de defectos.
Cuento con tu ayuda.

Los complementos circunstanciales, por el contrario, pueden eliminarse sin que el verbo quede muy afectado.

3. A diferencia de los complementos circunstanciales:

  • La preposición no varía (al menos en español moderno), sino que es seleccionada por el verbo y es siempre la misma
  • Tampoco puede sustituirse por un adverbio.
  • No responde a la pregunta de un adverbio interrogativo (cómo, cuándo, dónde, cuánto), sino a la de prep + qué, quién, quiénes, cuáles. Así pues, no es lo mismo "hablar de política", con complemento de régimen, que "hablar de pie" o "de día", con complemento circunstancial de modo y de tiempo respectivamente.
  • El complemento de régimen no es dislocable, es decir, no se puede cambiar fácilmente de lugar en la oración, como sí puede hacerse con el complemento circunstancial, que puede situarse en cualquier posición.
  • La preposición del complemento de régimen está vacía de contenido semántico o va camino de desemantizarse, al contrario que la preposición del complemento circunstancial, que se encuentra llena de significado. Como solo algunas preposiciones son especialmente susceptibles de vaciarse de contenido significativo, la mayoría de los complementos de régimen se construyen solo con unas pocas preposiciones: a, de, en y con; en español medieval con aparece pocas veces, pero al contrario aparecen más por y sobre. Por el contrario, los complemento circunstanciales admiten todas las preposiciones.
  • 4. Muchos con morfema se con el infinitivo (verbos pronominales) poseen complemento de régimen:
entristecerse de, alegrarse de, burlarse de, acordarse de, jactarse de
  • 5. Los gramáticos no acaban de ponerse de acuerdo sobre la incompatibilidad entre el complemento de régimen y el complemento directo. Según Alarcos, existe un suplemento indirecto en frases como "el camarero limpia de colillas (C. R. I.) el suelo (C. D.). En esas frases, si suprimimos el complemento directo, el verbo se queda «cojo»: "El camarero limpia de colillas...", aunque no siempre: "Esteban invitó a Manolo a un café". Así que el complemento de régimen indirecto necesita más que menos para existir un complemento directo. Alarcos determina que hay además otros tipos de suplemento: el suplemento inherente (a medio camino entre el complemento de régimen y el complemento circunstancial, como en "metió el coche en el garaje" = "lo metió allí" o "sacó el libro del estante" = "lo sacó de allí") y el suplemento atributivo ("el presidente pasa por tonto"; "habéis pecado de ingenuos"; "trabaja de maquinista"; "metió a su hijo de portero"). Véase también complemento predicativo.
  • 6. La función del complemento directo y el de régimen son prácticamente las mismas: completar el significado del verbo. De hecho, existen algunos verbos que alternan el uso de complemento directo y el de complemento de régimen:
El perro cuida la casa (CD) / de la casa (CR)
Dudo que venga (CD) / de que venga (CR)
Le informo que subirá la nómina (CD) / de que subirá la nómina (CR)
  • 7. La preposición o locución prepositiva equivalente que selecciona el verbo para construir el complemento de régimen puede ser cualquiera, incluso a.
  • 8. El complemento de régimen es difícilmente dislocable: reclama ir a continuación del verbo y cualquier otra posición en la frase parece como forzada, a no ser que sea porque se desea ponerlo de relieve.

2 Bibliografía[editar]

  • Ana María Serradilla Castaño, "El Complemento de Régimen Preposicional. Criterios para su identificación", en CAUCE. Revista de Filología y su Didáctica, núm. 20-21, 1997-1998, pp. 1017-1051.