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Las oraciones relativas pueden, al igual que el complemento del nombre, pueden ser especificativas o determinativas y explicativas o incidentales.
Las primeras determinan al antecedente, especificándolo; las segundas no hacen más que expresar una circunstancia del mismo. Si digo:
- todas las casas que hemos visto son pequeñas
la oración que hemos visto especifica al antecedente casas, denotando que no nos referimos a todas las casas, sino sólo a las que hemos visto; pero si digo
- Juan, que es diligente, trabaja sin descanso
la oración que es diligente no determina ni especifica al substantivo Juan, sino que indica una cualidad propia y característica del mismo.
En las especificativas, la oración de relativo se une íntimamente con el antecedente; en las explicativas se separa del antecedente por una leve pausa en la recitación y por una coma en la escritura. En estas, el relativo que puede substituirse por el pronombre cual precedido del artículo, según el género y número del antecedente; pero en las especificativas no siempre puede hacerse tal substitución.
Puede decirse:
- Pedro y Juan, que son amigos (o los cuales son amigos), se ayudaron
pero no puede hacerse lo mismo en todas las casas que hemos visto son pequeñas, pues nadie dice ni ha dicho todas las casas las cuales hemos visto son pequeñas, ni nadie hace pausa al enunciar esta oración ni pone coma antes del que.
Otra condición que distingue a las relativas especificativas de las incidentales o explicativas es que estas pueden suprimirse sin dejar de ser verdadero el sentido de la oración principal; pero aquellas, no. Puede decirse:
- Juan trabaja sin descanso
- Pedro y Juan se ayudaron
omitiendo las explicativas que es diligente y que son amigos; pero no se puede hacer lo mismo en las especificativas, porque, una vez suprimidas, el predicado de la principal ya no conviene al sujeto, pues no es verdadera la oración todas las casas son pequeñas.
La pausa que en las oraciones incidentales se hace entre el antecedente y el relativo, y la coma con que se indica en la escritura, son tan necesarias, que sólo por ellas se distingue en muchos casos la clase de estas oraciones. Si escribo:
- los aliados que no quisieron someterse fueron pasados a cuchillo
la oración de relativo es especificativa, y expresa que no todos los aliados, sino solo una parte de ellos (los que no quisieron someterse) fueron pasados a cuchillo; pero si escribo
- los aliados, que no quisieron someterse, fueron pasados a cuchillo
indico que lo fueron todos sin excepción.
Las explicativas o incidentales pueden convertirse en oraciones independientes o en subordinadas adverbiales, substituyendo el pronombre relativo por una conjunción; así:
- los aliados, porque no quisieron someterse, fueron pasados a cuchillo
- o bien
- los aliados no quisieron someterse, y fueron pasados a cuchillo
pero no se puede hacer lo mismo en todas las casas que hemos visto son pequeñas, pues no puede decirse todas las casas, porque las hemos visto, son pequeñas.
Referencias[editar]
Real Academia Española, Gramática de la lengua castellana, nueva edición, reformada, Madrid, 1917.