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Los pronombres relativos son un tipo de pronombre que se refieren a un referente anterior, o antecedente, e introducen una proposición subordinada adjetiva de la que forman parte. Tienen, por tanto, cierto valor conjuntivo.
1 Función[editar]
Si dijésemos:
- de una dama era galán un vidriero, y este vidriero vivía en Tremecén
enunciaríamos dos oraciones independientes coordinadas, cuyo sujeto, vidriero, lleva en la primera el artículo un por ser indeterminado, y en la segunda el adjetivo demostrativo este, que nos dice que es el mismo vidriero que acabamos de mencionar. También podríamos omitir la expresión del nombre vidriero en la segunda oración, y decir: y éste vivía en Tremecén, convirtiendo en pronombre el adjetivo este. Pero esa construcción no es del todo correcta, y podemos expresar mejor el mismo concepto diciendo, como Calderón:
- De una dama era galán
- Un vidriero que vivía
- En Tremecén
Aquí, como se ve, el vocablo que substituye a la conjunción y y al pronombre éste, desempeñando a la vez la función de los dos; pues une, como aquella, la segunda oración con la primera, y representa al mismo tiempo al sujeto de la segunda, que en este caso no necesita expresarse. Es, pues, la voz que un verdadero pronombre, porque a la vez que substituye a otro pronombre o a un nombre, refiere a dicho nombre o pronombre, expresado ya, toda la oración en que él se halla; pues atentamente examinado el sentido del ejemplo tomado de Calderón, se ve con toda claridad que el que vivía en Tremecén no es otro que el vidriero antes mencionado.
2 Antecedente[editar]
El nombre o pronombre a que el relativo se refiere se llama antecedente, por ir siempre delante del relativo en la construcción castellana. Sólo en poesía se ve alguna vez la oración de relativo intercalada entre el antecedente que va detrás, y un demostrativo o indefinido que va delante:
- Estos, Fabio, ¡ay dolor!, que ves ahora
- Campos de soledad, mustio collado
- (A las ruinas de Itálica, Canción)
donde que lleva ante sí el demostrativo estos, que se refiere a campos.
3 Oraciones de relativo[editar]
Porque están unidas a su principal por un pronombre relativo, se llaman estas oraciones de relativo, y porque se refieren a un nombre o pronombre, y son equivalentes a un adjetivo o participio, se las llama también adjetivas. Si en vez de decir un vidriero que habitaba en Tremecén, decimos un vidriero habitante en Tremecén, convertimos la oración de relativo en un complemento del sujeto vidriero, donde el participio habitante equivale a la oración que habitaba.
Son, pues, oraciones adjetivas o de relativo las que se unen a otra, llamada principal, por medio de un pronombre relativo que, como tal, se refiere siempre a un nombre o pronombre expreso o sobrentendido en aquella. En el ejemplo del párrafo anterior, la oración principal es de una dama era galán un vidriero, y la de relativo, que vivía en Tremecén.
4 Referencias[editar]
Real Academia Española, Gramática de la lengua castellana, nueva edición, reformada, Madrid, 1917.