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1 censura, crítica[editar]
Estas dos palabras se distinguen en que el objeto de la crítica no es precisamente el de censurar, reprender y corregir las obras, sino el de examinarlas, juzgarlas, dar a conocer sus bellezas y advertir sus defectos, pero con fundamento y equidad; y la censura lleva en sí la reprensión, corrección y castigo de lo que aparece contrario a la ley, a la razón y a la verdad, y así se dice comunmente censuras eclesiásticas a las penas y castigos espirituales, que prescriben los cánones para cierta clase de delitos.
La crítica suele suponer la censura, pues no se puede juzgar de una obra sin advertir y notar las faltas y defectos mayores o menores, que no pueden menos de hallarse en ella; pero no siempre la censura supone la crítica, pues muchas gentes se atreven a censurar sin ser capaces de hacer la debida crítica.
2 Referencias[editar]
Calandrelli, M., Diccionario filológico-comparado de la lengua castellana, Buenos Aires, 1880-1916, 12 vol.