El giro excusar la asistencia se emplea en el lenguaje legal para expresar que una persona no asiste a una reunión por una causa justificada, lo que le exime de la obligación. No es incorrecto, ya que el sentido que se da aquí a excusar tiene relación con la cuarta definición del DRAE:
- 1. tr. Exponer y alegar causas o razones para sacar libre a alguien de la culpa que se le imputa. U. t. c. prnl.
- 2. tr. Evitar, impedir que algo perjudicial se ejecute o suceda. Excusar pleitos, discordias, lances.
- 3. tr. No querer hacer algo. U. t. c. prnl.
- 4. tr. Poder evitar, poder dejar de hacer algo. Excusas venir, que ya no haces falta.
- 5. tr. desus. Eximir a alguien del pago de un tributo o de un servicio persona
El Diccionario esencial da el ejemplo concreto de Excusó su asistencia para la cuarta acepción (así como Se excusó de cantar por su afonía y Excuso decirte que ya no haces falta).
También es correcto se excusó por su ausencia, aunque no significa exactamente lo mismo (que es ‘se disculpó por su ausencia’, incluso si no está eximido ni puede dejar de asistir).
Cuando se han aportado unas razones por las que no puede asistir a una reunión, el DPD considera correcto decir que excusan su ausencia, ya que el sujeto son las personas que se mencionan y el complemento directo (lo que se excusa) es la ausencia [1]. Usado de esta forma, tiene el sentido de la primera acepción e indica que se alegaron causas para que se libre a alguien de la culpa por su ausencia.
No es apropiado mezclar los dos sentidos en ×disculpar la asistencia, ya que el verbo disculpar no tiene los mismos sentidos que tiene excusar y con el significado de ‘no tener en cuenta o perdonar las faltas’ es de uso coloquial (mientras que excusar la asistencia es una expresión formal).
Notas y referencias[editar]
Este artículo fue seleccionado como destacado el 1 de noviembre de 2009.