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La palabra testigo significa, según el DRAE:

Persona que presencia o adquiere directo y verdadero conocimiento de algo.

A los testigos del primer tipo se les llama testigos presenciales, oculares o de vista. Según está definición, no es necesario estar presente, y puede haber testigos no presenciales, como peritos o los llamados testigos de oídas, porque han oído algo relacionado con un determinado suceso que se puede considerar verdadero. Por tanto, testigo presencial no es una redundancia.

La palabra testigo es común en cuanto el género: el testigo, la testigo.

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